viernes, 1 de octubre de 2010

A comerlaaaaaa.....!!!!

Señor gorila vendepatria, golpista y reaccionario :
sirvase deglutirse la banana y si acaso no fuera de su gusto, sugerimos  introducir el elemento bananil, por las más recónditas cavidades de vuestras respectivas fisonomías.
Con cariño "El Choripàn y la Coca"


ARGUMENTOS A FAVOR Y EN CONTRA DE LA PENA DE MUERTE

ARGUMENTOS A FAVOR DE LA PENA DE MUERTE

Para hacer más entendedor este apartado iremos enumerando las diferentes ideas:

1) Razón de Justicia: esta idea se sustenta por un lado, por fundamentaciones religiosas, cuya máxima expresión se encuentra en el Antiguo Testamento, como puede ser la Ley de Talión: "Vida por vida, ojo por ojo, diente por diente"; También cabe destacar desde fundamentaciones religiosas, que las penas deben tener como base la necesidad de expiación. En definitiva, el castigo supremo siempre ha estado presente en la sociedad.

Por otro lado, se fundamenta en las Teorías Absolutas de la pena, cuya máxima era la pena justa (punitur quia peccatum est). Estas teorías se basan en la libertad e igualdad naturales de todos los hombres. Por lo tanto, cuando un hombre comete un delito, se ha de retribuir al autor del delito con una pena equivalente al mal que ha ocasionado.

2) Utilidad Social: A diferencia de las Teorías absolutas, que respondían al interrogante de porqué castigar, las Teorías Relativas, responden al de para qué castigar. Precisamente, una de las respuestas a esta pregunta, da fundamentación a la pena de muerte. Concretamente, dentro de las Teorías relativas, se encuentran las Teorías de la Prevención General y en concreto de la Prevención General Negativa. Éstas, se basan en la idea de crear ciertas contramotivaciones en los transgresores potenciales. Es decir, dotan la pena de un carácter disuasorio e intimidatoria. Sin duda alguna, si el individuo es racional, y hace un balance sobre las ventajas y desventajas de cometer un crimen, la pena de muerte, evitaría que el crimen tuviera beneficio alguno. Sin embargo, como veremos más adelante en las argumentaciones en contra, esto no ha sido aún demostrado.

3) Ejercicio de la legítima Defensa: esta argumentación se basa en la idea de que el sujeto, víctima del delito, no ha podido ejercer su Derecho a la Legítima defensa, y por lo tanto, es la sociedad quien debe llevarla a cabo. La pena de muerte, sería pues, un asesinato en legítima defensa. Esta idea se resume bien con la cuestión planteada por Jacques Légaré en un ejemplo de disertación filosófica sobre la pena de muerte: "En plus, si nous acceptons la légitime défense qui nous excuse de tuer notre agresseur, pourquoi refuserions-nous le même droit au tribunal qui représente la société tout entière?".

4)Miedo a la fuga o a la reincidencia : este sentimiento de pánico y temor, conlleva, apoyar la pena de muerte, puesto que si el sujeto delincuente consiguiera escapar del control penitenciario, podría cometer los mismos delitos. Este tipo de argumentación fue utilizada por las teorias positivistas, especialmente por Lombroso. Cabe recordar que en la tipología de delincuentes de este autor, introdujo la del delincuente nato, el cual padecía de algún tipo de patología. Ello suponía, que no era posible la resocialización de dicho delincuente, y por lo tanto, la única política criminal viable era la eliminación del sujeto.

5) No existe riesgo de sentenciar a un inocente: la existencia de garantías jurídicas, tales como las apelaciones, la revisión obligatoria de la sentencia de muerte, etc..., impide que sólo se condene a los culpables reales de los hechos delictivos. No existe pues, riesgo de errores.

6) Costes económicos: Los partidarios de la pena de muerte sostienen que la pena de muerte es, en términos económicos, más rentable, que las alternativas que se presentan a dicha sanción.

ARGUMENTOS EN CONTRA DE LA PENA DE MUERTE

Volveremos a estructurar este apartado como el anterior, es decir, enumerando las diferentes ideas. Además, podemos ver que la mayoría de las argumentaciones, son las réplicas a las anteriores.

1)Razón de Justicia: Recordábamos antes, que había dos fundamentaciones a esta argumentación. Ahora, al igual que antes, ahora también. Por un lado, des de un punto de vista religioso, si bien es cierto que en el Antiguo Testamento se profesan ideas tales como la ley del Talión, como apunta Albert Camus: "Se trata de un sentimiento, particularmente violento, no de un principio. El Talión pertenece al orden de la naturaleza y del instinto (...) Si el crimen pertenece a la naturaleza humana, la ley no pretende imitar o reproducir tal naturaleza. Está hecha para corregirla."; por otro lado caben confrontar otras consideraciones dogmáticas religiosas, como el amor al prójimo, el perdón, entre otras. Sin embargo, dichas consideraciones dogmáticas religiosas, no son suficientes para esclarecer la cuestión de la pena de muerte. Sería necesario acudir a los datos que nos proporcionan las ciencias sociales (criminología, sociología, psicología, etc...).

En segundo lugar, por lo que se refiere ya a argumentaciones de tipo filosófico-jurídicas, no cabe fundamentar la pena justa. Pues como apunta Roxin, al mal del delito se le suma el mal de la pena. Éste es uno de los ejemplos críticos a las Teorías Absolutas. Y también cabe destacar la crítica realizada por Mir Puig, que apunta a que no es propia del estado moderno la aspiración por la realización de la justicia absoluta sobre la tierra, puesto que el Estado mantiene una clara distinción entre moral, religión y derecho. En definitiva que las sentencias no se pronuncian en nombre de Dios, sino en el del pueblo.

Por último, cabe recordar también la Teoría del Intercambio de Homans, en la que el autor, apunta: " Cuanto más golpea uno, más golpea el otro, pues resulta satisfactorio lastimar a quien nos lastima". Quizás, bajo el supuesto de la realización de justicia, se esconda el placer, como apunta Homans. Ello es debido al intercambio de castigos.

2) Utilidad Social: No está demostrado, que la pena cumpla una función de prevención general negativa, o sea de intimidación a los potenciales infractores. Prueba de ello, es que si fuera así, en primer lugar, ya no existirían delitos. Y en segundo lugar, se parte de que el delito es una acto racional, en el que el delincuente evalúa los costes y beneficios. Esta premisa puede ser falsa, pero en el caso de que fuera cierta, el sujeto delincuente, espera o bien que no lo descubran, o bien, salir mejor parado del proceso judicial.

También cabe destacar la argumentación de que, en contra de obtener una prevención, se genera una espiral de violencia. El hecho de asesinar a una persona, por parte del Estado, puede conllevar que ese acto se copie y provoque así, la violencia que quería disminuir.

Por último, cabe destacar que, como afirman los partidarios de la pena de muerte, sea posible que en algunos países en los que la pena de muerte ha sido abolida se haya producido un incremento en la criminalidad registrada. Pero esta afirmación hay que matizarla, en el sentido de que es posible que una parte de esta criminalidad fuera anteriormente oculta ( no registrada), o bien, que este aumento sea debido a la consecución de delitos menos graves. Por tanto, se puede afirmar que la función intimidatoria de la pena capital, está aún por demostrar.

4) En relación con la legítima defensa o la venganza de la víctima, se le suponen unas intenciones que no pueden ser demostradas. Puede ser posible, que si la víctima pudiera expresarse, no pidiera su venganza, sino el perdón: "Les victimes auraient-elles toutes souhaiter qu’on les venge? On peut le supposer à voir le pape pardonner publiquement à son agresseur qui attenta à sa vie."

5)Irreversibilidad de la pena de muerte respecto del error judicial: Si bien cada día más, los errores judiciales son menos frecuentes, hay riesgo de condenar a un inocente. Pero además con el agravante de que en el caso de la pena de muerte no se puede compensar al sujeto por el error.

6)Costes económicos: En los costes sobre la pena de muerte, no sólo hay que computar el coste que tiene en si misma la ejecución, sino también, el coste de todo el proceso judicial, es decir, apelaciones, jueces, y, además, los costes sociales de esta sentencia. Estos costes sociales, deberían ser estimados, para ver si realmente, la pena de muerte es rentable o no. El argumento de los costes económicos, lleva consigo una parte oculta, se pueden computar dos veces los mismos costes, etc...Además, diferentes estudios realizados revelan que la pena de muerte es menos rentable que el mantenimiento en prisión del sujeto. Las diferencias entre los diferentes estudios cabría analizarlas, pero además se debería computar, como hemos dicho los costes sociales.

Por ello, creemos que este tipo de argumentaciones no deberían ser tenidas en cuenta, aunque sin duda, en la sociedad en la que vivimos actualmente, tiene, para el sistema político y los ciudadanos un gran interés.

7)Discriminación de la pena de muerte: Los Tribunales ejercen una selección entre los autores de los delitos, ya sea por motivos económicos o étnico-raciales. Así, por ejemplo, la diferencia de recursos económicos que existe entre los que poseen un buen nivel adquisitivo y las clases más desfavorecidas, provoca que frente a un mismo hecho delictivo, los primeros puedan ser asistidos por profesionales con mayor rigor, que los otros. Este factor es especialemente importante en EE.UU, en donde el coste de defensa es muy elevado y las clases bajas no pueden costearlo, lo que significa, con mucha probabilidad una sentencia condenatoria. Por lo que se refiere al factor étnico, también en EE.UU, determinados sectores son más propicios a obtener este tipo de sentencias. Así, los chicanos, negros, etc... son los delincuentes sobre los que recae la pena de muerte. Para verlo más claramente veamos las cifras que publica el Departamento de Justicia de EE.UU.:

jueves, 30 de septiembre de 2010

BASTA DE GOLPISTAS EN AMERICA LATINA!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!



DESDE ESTE ESPACIO ESTAMOS CON EL PUEBLO ECUATORIANO QUE ESTÁ SUFRIENDO UNA INTENTONA DE GOLPE DE ESTADO.

TAMBIÉN INSTAMOS A TODOS LOS ECUATORIANOS A GANAR LA CALLES PARA EVITAR QUE LOS GORILAS DE SIEMPRE SE QUEDEN CON EL PODER MEDIANTE LA FUERZA.

AGUANTE LA DEMOCRACIA!

AGUANTE EL COMPAÑERO PRESIDENTE RAFAEL CORREA!

miércoles, 29 de septiembre de 2010

LA REPUTA MADRE QUE LO RE PARIOOOO!!!



Donde puta hay un juez que haga justicia???????????????

Será de Dios que siempre, siempre, siempre el la cossa nostra clarinista encuentre un juez a medida?????????????

Ahora nos enteramos que la Jueza Arroyo Salgado ordenó hacer los análisis para finalmente corroborar lo que todos sabemos, que los hijos de la vieja Noble son robados a los desaparecidos.

La jueza Arroyo Salgado no ordenó investigar una nueva muestra extraída en el Banco Nacional de datos genéticos. No,no! Claro que no! No vaya a ser que una de esas ocurra una desgracia y por error lamentable se descubra que los pibes son hijos de desaparecidos. Que calamidad sería su señoría no???

Pra evitar cualquier error de procedimiento y siguiendo el protocolo de Magnetto, como corresponde a cualquier poder independiente, se usarán la muestra de escupida de guanaco y la sangre del perro que duerme en el vestíbulo del cuerpo médico forense. Esta son la muestras que hizo extraer el juez Conrado Bergesio queb fue injustamente separado de la causa.

Por si las moscas, la sangre de perro raza fuerte apache, se la hizo cagar por un canario cantor y mear por Biolcatti para que no quepa la menor duda de su autenticidad.

Nos toman de pelotudos!!!

Es por esta razón que es necesario ganar la elección el año que viene. Es justamente por estos motivos que no podemos aflojar ni un tranco y mucho menos darle de comer a fieras como he opinado en el post de abajo.

Que gobierno va a tener los huevos tan bien puestos(ovarios) para sostener el marco político que permita juzgar a los genocidas y perseguirlos hasta abajo de la cama de ser necesario, hasta que no quede un nieto sin recuperar, por más poderoso que sean sus apropiadores.

Justamente por esta razón,insisto, y no otra, que tenemos que actuar inteligentemente, para evitar que la mafia mediática se sirva de nuestros errores para defenestrarnos frente a la opinión pública.

Alva Myrdal

Alva Myrdal

(Alva Reimer; Uppsala, 1902 - Ersta, 1986) Política sueca. Activa feminista y pacifista, en 1982 recibió, junto al político y diplomático mejicano Alfonso García Robles, el Premio Nobel de la Paz por su contribución al movimiento de desarme nuclear durante los años sesenta y setenta.

Estudió Sociología en las universidades de Upsala, Estocolmo y Ginebra y orientó sus investigaciones hacia el campo de la política social. En 1924 contrajo matrimonio con el afamado economista sueco Karl Gunnar Myrdal, cuyo apellido adoptó. En 1949 fue nombrada directora de la Oficina de Asuntos Sociales de la Organización de Naciones Unidas (ONU), cargo que ocupó durante un año. En 1951 pasó a dirigir el departamento de Ciencias Sociales de la Organización para la Educación, la Ciencia y la Cultura de Naciones Unidas (UNESCO). Entre 1955 y 1961 trabajó como embajadora del gobierno sueco en India, Birmania y Sri Lanka.

Ese último año regresó a Suecia como asesora especial para el desarme del Ministerio de Asuntos Exteriores de su país. En 1962 obtuvo un escaño en el Senado sueco como representante del Partido Socialdemócrata y fue designada para encabezar la delegación sueca en la Conferencia para el Desarme celebrada en Ginebra. Entre 1966 y 1972 ostentó la cartera de Desarme del gobierno sueco, cargo que compaginó desde 1969 con el de ministra de Asuntos Eclesiásticos. Entre 1972 y 1973 permaneció en el gobierno como ministra sin cartera. Al mismo tiempo, hasta 1973 continuó desarrollando su actividad dentro de la Conferencia para el Desarme de Ginebra.

Como ministra, Myrdal destacó por su gran contribución a la puesta en marcha de importantes reformas sociales y a la defensa de la igualdad para las mujeres desde una postura abiertamente feminista. Tras su retirada de la política activa, Alva Myrdal continuó comprometida hasta su muerte con las causas del pacifismo, el desarme y el feminismo, a través de conferencias y publicaciones. Entre sus numerosos escritos, cabe destacar: Desarme, realidad y utopía (1965), Guerra, armamentismo y violencia cotidiana (1977), El juego del desarme: la carrera armamentística entre Estados Unidos y Rusia (1976) y Dinámica del desarme nuclear europeo (1981). Además del Nobel, recibió el Premio de la Paz de Alemania Occidental en 1970 -que compartió con su marido-, el Premio Einstein de la Paz (1980) y el Jawaharlal Nehru de Cooperación Internacional (1981).
En su trabajo para el desarme Alva Myrdal ha combinado la comisión profunda con la gran penetración profesional. Con la ayuda de expertos ella se ha familiarizado con los aspectos científicos y técnicos de la carrera de armamentos. Su comprensión de la necesidad de basar el trabajo del desarme en la penetración profesional también encontró un enchufe en su participación activa en el establecimiento del instituto de investigación internacional de la paz de Estocolmo, SIPRI. Con su mucho artículos y los libros Alva Myrdal ha ejercitado una influencia muy significativa en el discusión actual del desarme.